TC falla a favor de darle libertad a Alberto Fujimori

 

TC falla a favor de darle

libertad a Alberto Fujimori

 

Periódico Digital, “La Región Sur”, 17-marzo-2022.- El Tribunal Constitucional máxima institución que interpreta la Constitución Política del Peru, en un fallo que está siendo cuestionado, declaró fundado el recurso contra la anulación del indulto al exdictador Alberto Fujimori, condenado a 25 años de cárcel por los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos. Decisión que se confirmó con el voto dirimente de Augusto Ferrero.

Esta decisión fue calificado como una polémica decisión, donde el Tribunal Constitucional falló a favor de declarar fundado el recurso presentado contra la sentencia que anuló el indulto humanitario al condenado Alberto Fujimori, concedido por el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski en diciembre de 2017, con la finalidad de salvarse de ser vacado por el Congreso de esa época. Actualmente el exdictador cumple una condena de 25 años de cárcel por los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos, y a sus 83 años recuperará su libertad.

El resultado de la votación fue 3-3 y el magistrado Augusto Ferrero utilizó su voto dirimente a favor de liberar a Fujimori. La balanza fue inclinada por los magistrados Ernesto Blume, José Luis Sardón y Luis Ferrero. Quienes se opusieron fueron los magistrados Marianella Ledesma, Eloy Espinoza-Saldaña y Manuel Miranda.

El hábeas corpus fue interpuesto por el abogado Gregorio Parco Alarcón contra la resolución de la Corte Suprema de dejar sin efecto el beneficio que, en Navidad de 2017, fue concedido por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski para evitar ser vacado del cargo, a través de una presunta negociación con Kenji Fujimori y el grupo de congresistas denominados como los ‘avengers’.

El indulto a Alberto Fujimori fue anulado en octubre del 2018, cuando la Corte Suprema tomó una decisión en contra disponiendo su captura inmediata y posterior encarcelamiento. Esto debido a que tanto las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta cuentan con resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y no se adecúan a las normas que se establecen en cuanto al otorgamiento de indultos humanitarios al estar referidas a prisioneros condenados por crímenes de lesa humanidad.

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